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Decreto | Autorizan a los repartidores de comida a circular

 

El presidente Luis Abinader autorizó este viernes a los empleados o contratistas de alimentos (deliverys) a circular durante el toque de queda, hasta las 11:00 de la noche, “exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales”.

La disposición está contenida en el decreto número 380-20 con el cual agregó un numeral, el número 11, a l decreto 266-20, que establece el toque de queda en todo el territorio nacional del 20 de julio pasado.

“Empleados o contratistas de restaurantes que brinden servicios a domicilios de alimentos cocidos, los cuales podrán circular hasta las 11:00 p.m., exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales”, se establece en el nuevo numeral 11, del 266-20, incluido mediante el decreto 380-20.


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